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Nuevas Reglas de Trabajo o Participación Comunitaria de CalFresh

Por Julie Schurman, Esq., Directora de Políticas Públicas, The Arc and UCP California Collaboration


Los cambios en CalFresh comenzarán el 1 de junio de 2026. Estos cambios se implementan para cumplir con una ley firmada por el presidente Trump el 4 de julio de 2025. Esta ley se conoce como la “One Big Beautiful Bill Act (H.R.1)”.
Bajo esta nueva ley, algunas personas deberán cumplir con requisitos de trabajo o de participación comunitaria para recibir o continuar recibiendo asistencia alimentaria de CalFresh, el programa de asistencia alimentaria de California.


¿Qué son los requisitos de trabajo o participación comunitaria?

Los requisitos de trabajo o participación comunitaria de CalFresh, también conocidos como requisitos de trabajo, significan que ciertos adultos deben trabajar, ser voluntarios o participar en actividades aprobadas de empleo, educación o capacitación para recibir o mantener sus beneficios de asistencia alimentaria, a menos que califiquen para una exención.


¿Las personas con discapacidades tienen que cumplir con los requisitos de trabajo o participación comunitaria?

Muchas personas con discapacidades no tendrán que cumplir con los requisitos de trabajo o participación comunitaria de CalFresh.

Hay dos formas principales de quedar exento(a) de estos requisitos:

1) Usted recibe beneficios por discapacidad

Esto incluye muchos programas, como:

  • Pensiones por discapacidad

  • Beneficios para veteranos

  • Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI)

  • Pago Suplementario del Estado (SSP)

  • Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI)

  • Compensación para trabajadores

  • Seguro Estatal por Discapacidad (SDI)

2) Usted no puede trabajar al menos 20 horas a la semana o 80 horas al mes de manera continua

Usted puede quedar exento(a) aunque esté trabajando.
También puede quedar exento(a) si a veces trabaja más de 20 horas a la semana, pero no puede mantener ese horario a largo plazo o de manera continua.
Por ejemplo, es posible que necesite tomar tiempo libre del trabajo debido a su discapacidad.

Algunas personas con discapacidades deben informar a la oficina del condado que están exentas. Otras personas quedan exentas automáticamente y no necesitan solicitar la exención.


¿Las personas cuidadoras tienen que cumplir con los requisitos de trabajo o participación comunitaria?

No. Si usted es cuidador(a) de una persona que está enferma, lesionada, es mayor de edad o tiene una discapacidad, no tiene que cumplir con los requisitos de trabajo o participación comunitaria.

Esto es cierto aunque no sea familiar de la persona a la que cuida.
Tampoco es necesario que viva con la persona a la que cuida.

Muchas personas cuidadoras deberán informar a la oficina del condado que son cuidadoras para que el condado sepa que están exentas.


¿Quiénes más están excluidos de los requisitos de trabajo o participación comunitaria?

Si alguna de las siguientes situaciones aplica a usted, puede solicitar una exención en su oficina local del condado. Algunas personas en la lista a continuación quedan exentas automáticamente y no necesitan solicitarla al estado de California:

  • Usted tiene 18 años o menos

  • Usted tiene 65 años o más

  • Usted asiste a la escuela, universidad, capacitación laboral u otro programa reconocido, a tiempo parcial o completo

  • Usted vive en los condados de Colusa, Imperial o Tulare. Si vive en uno de estos condados, no necesita cumplir con los requisitos al menos hasta el 31 de octubre de 2026. Consulte el sitio web del Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS) para obtener información actualizada sobre los condados que no deben cumplir con los requisitos.

  • Usted ha solicitado o está recibiendo seguro de desempleo

  • Usted está experimentando adicción a drogas o alcohol

  • Usted es víctima de violencia doméstica

  • Usted está embarazada

  • Usted es responsable de un(a) niño(a) menor de 14 años

  • Usted o su linaje familiar es nativo americano, por ejemplo: Nación Navajo, Nación Cherokee, Nación Ojibwe o Nación Lakota

  • Usted participa en un programa de capacitación de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR)


¿Cómo solicito una exención de los requisitos de trabajo o participación comunitaria?

Usted puede solicitarla a través de su oficina local del condado. Consulte abajo la información de contacto del condado.


Si no estoy exento(a) de los requisitos de trabajo o participación comunitaria, ¿cómo los cumplo?

Si usted no está exento(a), debe cumplir con los requisitos.

Puede cumplirlos trabajando, siendo voluntario(a) o participando en ciertos programas de trabajo o capacitación. Puede combinar actividades para alcanzar el total de horas requeridas.

1) Usted trabaja al menos 20 horas a la semana en promedio o 80 horas al mes

Esto incluye trabajos regulares, trabajo por cuenta propia, trabajo en especie (trabajar a cambio de bienes o servicios) y trabajo voluntario.

Si trabaja, debe promediar 20 horas a la semana o ganar $217.50 por semana antes de impuestos.

2) Usted participa en un programa aprobado de capacitación laboral o workfare por al menos 20 horas a la semana o 80 horas al mes

3) Usted realiza servicio comunitario o trabajo voluntario por al menos 20 horas a la semana o 80 horas al mes


¿Qué pasa si no estoy exento(a) y no cumplo con los requisitos?

Si usted no está exento(a) y no está trabajando, haciendo voluntariado o participando en un programa de trabajo, solo podrá recibir CalFresh por tres meses dentro de un período de tres años.

Si esta situación aplica a usted, comuníquese de inmediato con su oficina del condado. Ellos pueden ayudarle a encontrar una manera de cumplir con los requisitos para que sus beneficios de CalFresh no se suspendan.


¿Quién puede responder mis preguntas?

Si tiene preguntas, puede comunicarse con su oficina local del condado, donde pueden ayudarle a entender los requisitos de trabajo y participación comunitaria de CalFresh.

Para obtener más información y hablar directamente por teléfono con un trabajador del condado, llame al 1-877-847-3663 (FOOD) para que lo conecten con su oficina local del condado.

Para encontrar una oficina del condado cerca de usted, visite:
https://calfresh.dss.ca.gov/food/officelocator/

Para solicitar beneficios de CalFresh, visite:
https://benefitscal.com/


Más información

All County Letters (Cartas para todos los condados) – Estas son cartas enviadas por el Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS) a todos los condados del estado para explicar los nuevos cambios en la asistencia alimentaria de CalFresh.

https://www.cdss.ca.gov/Portals/9/Additional-Resources/Letters-and-Notices/ACLs/2025/25-93.pdf?ver=Ib9riEMEV474i6-xtntg4g%3d%3d

https://www.cdss.ca.gov/Portals/9/Additional-Resources/Letters-and-Notices/ACLs/2019/19-93_ES.pdf